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Flashes Fiscales Ley de Ingresos de la Federación para el 2008 Como cada año, se establecen los impuestos que el erario público podrá recaudar, destacando que ya no se establece la posibilidad de que durante el 2008 se condonen los recargos y accesorios de contribuciones de cubiertas oportunamente, por lo que dicha disposición tuvo una vigencia de sólo un año. A continuación comentamos los aspectos más relevantes: Recargos Se mantienen las tasas de recargos aplicables en los casos de prórroga, así como cuando se autorice el pago a plazos en términos del Código Fiscal de la Federación como se muestra a continuación:
Para tales efectos, se especifica que las tasas de recargos antes mencionadas, incluyen la actualización de las contribuciones. Estímulos fiscales Se siguen incluyendo gran parte de los estímulos fiscales que se han venido otorgando anualmente, entre los que destacan: Se establece que el monto total a distribuir entre todos los aspirantes al estímulo fiscal de tecnología para el año de 2008, asciende a $4,500 millones de pesos. Asimismo, se destina un monto específico para los proyectos vinculados a instituciones académicas y centros de investigación que incorporen egresados de posgrados. Se mantiene el estímulo fiscal consistente en el acreditamiento del impuesto especial sobre producción y servicios causados por la enajenación de diesel que sea adquirido para su consumo final, por diversos sectores. Tratados internacionales Se mantiene la facultad para el Ejecutivo para otorgar los beneficios fiscales que sean necesarios para cumplir con las resoluciones derivados de la aplicación de mecanismos internacionales para la solución de controversias legales que determinen una violación a un tratado internacional.
Como siempre, el personal de la Práctica de Impuestos de KPMG Cárdenas Dosal, S.C. está a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que puedan tener en su empresa la aplicación de las disposiciones anteriores.
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